Tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, ha entrado en vigor la Ordenanza Municipal sobre el uso de todo tipo de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), que permitirá incrementar la seguridad vial y hacer que pueda existir una convivencia ordenada y respetuosa entre la movilidad peatonal y el uso de bicicleta y otros vehículos de movilidad personal en vías y espacios públicos.

Cabe destacar la introducción del principio de convivencia vial, que supone la obligación de las personas usuarias de las vías y espacios públicos de respetar la convivencia con el resto y velar por su seguridad, dando prioridad al peatón y, tras él, a las personas que utilicen el vehículo que ofrezca menos protección a sus ocupantes.

Mediante esta ordenanza se establecen as normas de circulación de los peatones y de los usuarios de bicicletas, ciclos y VMP en las vías y espacios urbanos del término municipal de Utrera, así como el régimen sancionador aplicable y medidas provisionales de inmovilización, retirada y depósito de este tipo de vehículos.

Dentro de las obligaciones generales que establece el texto regulador, todas las personas usuarias de VMP están obligadas a respetar las señales y órdenes de los agentes de circulación, además de las señales de circulación que establezcan una obligación o una prohibición y a adaptar su comportamiento al mensaje del resto de las señales reglamentarias que se encuentren en las vías por las que circulen.

Del mismo modo, se deben respetar los límites de velocidad establecidos así como cualquier otra prioridad, preferencia u obligación que venga impuesta por la normativa vigente y tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación, y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a ellas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse.

La velocidad máxima a la que cualquiera de estos VMP pueden circular dependerá del tipo de vehículo, el uso al que esté destinado y el tipo de vía o carril por el que se circule. En todo caso, no podrá sobrepasar los 30 km/h, en el caso de los ciclos, ni los 25 km/h en el caso de patinetes.

Los usuarios de VMP no podrán circular utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, ni el uso durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, medios o sistemas de comunicación que impliquen uso manual, así como cualquier otro dispositivo de uso manual que distraiga la atención de la tarea de conducción.

El incumplimiento de las ordenanzas llevará pareja la correspondiente multa por infracción que pueden ser leve, grave y muy grave. Según el caso, el precio de la multa puede ser de un mínimo de 50 hasta alcanzar los 500 euros dependiendo del tipo de infracción.

El texto de la ordenanza es muy amplio y recoge los distintos tipos de VMP, según su potencia y cómo deben de circular según las características de cada uno de ellos. También se aclara qué tipo de vías existen y a qué velocidad se puede circular por cada una de ellas, el uso de los carriles bici y la zonas compartidas con el peatón.

La delegada de Seguridad Ciudadana, Consuelo Navarro, insiste en la importancia de poder disponer ya de una norma aprobada, porque este tipo de vehículos son cada día más utilizados. “Por eso necesitamos una herramienta que ordene su uso en ambos sentidos, es decir, que se recojan tanto los derechos como los deberes de los usuarios de estos vehículos y de los peatones que, en muchos casos ven invadido su espacio incluso de una manera sorpresiva, porque este tipo de vehículos prácticamente ni siquiera se escucha al circular”.

Para la delegada, “como en cualquier parcela de nuestra vida, el respeto hacia los demás es la norma fundamental a seguir”. Navarro recuerda que hay muchos ciudadanos, especialmente personas de más edad, que tienen verdadero temor a encontrarse con un patinete o un vehículo similar porque no tienen casi capacidad de reacción. “Ningún ciudadano puede tener miedo a ir caminando por la calle, en todo caso precaución, por eso esta ordenanza es fundamental porque deja muy claro los derechos de todos y permitirá a la Policía Local actuar en un sentido u otro”.

Fuente. Ayto de Utrera.

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