El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 23 de enero de 2025
Por la Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, se efectúa la convocatoria pública de la Beca 6000
Esta beca va dirigida a facilitar la permanencia en el Sistema Educativo del alumnado de Bachillerato o de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial para el curso escolar 2024/2025 .
Se realiza la convocatoria de la Beca 6000 para el alumnado que se matricule en los estudios de primer o segundo curso de Bachillerato o de primer o segundo curso de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso escolar 2024/2025. Esta beca va dirigida a facilitar la permanencia en el Sistema Educativo del alumnado de Bachillerato o de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial.
Los requisitos de las personas beneficiarias son:
- a) Participar en la convocatoria de Becas de carácter general para enseñanzas postobligatorias.
- b) Pertenecer a una familia en la que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- c) Reunir los requisitos académicos para ser beneficiario de la cuantía fija ligada a la renta del solicitante de la convocatoria de Becas en las enseñanzas postobligatorias no universitarias y estar matriculado del curso completo en estudios presenciales.
- d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al de Bachillerato o Técnico de cualquier profesión.
- e) En el caso del alumnado de primer curso de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio de Formación Profesional Inicial, este deberá haber cursado los estudios de Educación Secundaria Obligatoria en régimen ordinario y haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en el curso inmediatamente anterior a la participación en la convocatoria correspondiente.
- f) En el caso del alumnado de renovación de la beca, haber obtenido evaluación positiva en todas las materias del curso anterior.
- g) Estar matriculada del curso completo en las enseñanzas de Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cursando estas enseñanzas en la modalidad presencial, quedando excluido el alumnado que curse estas enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas.
- h) Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del 1 de enero del año en que finalice el curso académico para el que se solicita la Beca.
- i) Tener una renta y patrimonio familiar que no superen los umbrales que se establezcan.
- j) No estar realizando actividad laboral alguna, por cuenta propia o ajena, ni estar inscrito como demandante de empleo, en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.
Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el periodo que abarque el curso académico para el que se concede la Beca.
La solicitud de ayuda se cumplimentará, preferentemente, mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/.
El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día 24 de diciembre de 2024 al 23 de enero de 2025, ambos inclusive.
Fuente. Ayto Lebrija